Hacienda le gana amparo a empresa que no quería pagar impuestos «por contingencia»

Fue revocado el amparo que interpuso una empresa particular en contra del pago de impuestos bajo el argumento de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Federal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación, dio a conocer la noche de este domingo que ganó el juicio para revocar el amparo que interpuso una empresa particular en contra del pago de impuestos, bajo el argumento de la pandemia del coronavirus y la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Federal.

Indicó que el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa en San Luís Potosí, “revocó por considerar ilegal” la suspensión de plano concedida por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, a la empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable.

“Se dejó sin efectos la suspensión previamente otorgada. La Procuraduría Fiscal de la Federación, en el ámbito de sus atribuciones, se mantendrá atenta al debido cumplimiento de las obligaciones fiscales y procederá conforme a dichas facultades en caso de incumplimiento”, señaló la dependencia.

Cano Soto y Asociados promovió un juicio de amparo, que fue radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, bajo el número 293/2020, en contra de actos del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades.

El Juzgado determinó otorgar una suspensión de plano para el efecto que el presidente de la República se pronuncie sobre medidas en materia de condonar, eximir o prorrogar el pago de contribuciones federales y sus accesorios, derivado de la emergencia sanitaria.

La Procuraduría informó el pasado 7 de abril que dicha medida de la empresa fue impugnada “por no ubicarse en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo para otorgarse, máxime que se trata de facultades discrecionales del Presidente de la República y que deben ser acordes a las reformas constitucionales recientes que prohíben la condonación y exención de impuestos”.