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Deudores alimentarios y agresores sexuales no podrán ocupar cargos públicos

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Con el objetivo de incorporar la exigencia 3 de 3 contra la violencia familiar, sexual, en razón de género y la imposibilidad de ocupar cargos públicos por incumplimiento de obligaciones alimentarias, en Comisión de Puntos Constitucionales, fue aprobado el dictamen que reforma disposiciones de diversas leyes estales.

Mediante este dictamen, se establece que los titulares de las secretarías y del gabinete de la administración estatal no deberán estar en los supuestos de: tener sentencia condenatoria que haya causado estado por violencia familiar o delitos contra las mujeres por razón de género; tener sentencia condenatoria que haya causado estado por delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual, y el normal desarrollo psicosexual; o estar registrado en el padrón de personas alimentarias morosas, o en caso de serlo, demostrar que ha pagado en su totalidad los adeudos alimentarios.

El diputado Alejandro Leal Tovías, promovente de esta iniciativa, manifestó que esta modificación busca la protección de las mujeres por delitos en razón de género, y principalmente, la protección hacia los menores de edad para que quien tiene la obligación, cumpla con la responsabilidad de alimentos.

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“Es una iniciativa que promueve el derecho humano, sobre todo para la protección de los menores, porque hay una gran cantidad de personas que abandonan esta responsabilidad o que la incumplen, y lo que buscamos es obligar jurídicamente al responsable de los alimentos a cumplir con este compromiso y en el mismo sentido, establecer acciones contra la violencia familiar, sexual, y por razón de género”.

El dictamen respectivo será presentado al Pleno para su votación.

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